Conforme al Artículo 3. Régimen jurídico y de actuación de los Estatutos de la Fundación Pública Sanitaria “Hospital de Calahorra”, ésta se rige por:
- Por los presentes Estatutos, su Reglamento de Régimen Interior y demás normas de desarrollo que se dicten.
- Por la Ley 1/2022, de 23 de febrero, de transformación de la organización sanitaria «Fundación Hospital de Calahorra» en Fundación Pública Sanitaria, regulación de su régimen jurídico e integración en el Servicio Riojano de Salud como entidad dependiente, siéndole supletoriamente de aplicación las disposiciones sobre las entidades públicas empresariales contenidas en el título II de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Por el artículo 111 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, y su desarrollo reglamentario por Real Decreto 29/2000, de 14 de enero, Capítulos I y II, y Sección 4ª, artículos 62-74, del Capítulo III.
- Por el Derecho privado, en los términos y con los límites previstos en la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Por el resto de disposiciones legales de derecho administrativo, civil, mercantil o laboral que fueren de aplicación.